Madrid es una de las ciudades españolas que más iniciativas ha tomado para luchar contra la emisión de contaminantes de los vehículos. Si aún no sabes si un coche puede circular por Madrid sin etiqueta, si un vehículo de más de 10 años puede circular por el interior de la M30 o qué significa ZBE, no puedes perderte este artículo, en el que resumimos las restricciones actuales para los coches en Madrid.
¿Qué es una Zona de Bajas Emisiones (ZBE)?
Una Zona de Control de Emisiones (ZCE) es un área en la que se controla el acceso de determinados vehículos para mejorar la calidad del aire. En una ECA se puede restringir la circulación o el acceso de algunos coches -en función de su emisión de gases- para hacer de las ciudades lugares más saludables.
Restricciones para coches en Madrid
En la actualidad, coexisten en Madrid tres Zonas de Bajas Emisiones. Por un lado, existen dos Zonas de Bajas Emisiones de Protección Especial (ZBEDEP), situadas en la zona del Distrito Centro y en la Plaza de la Elíptica.El 1 de enero de 2022 se incorporó la ZBE de Madrid, que incluye una serie de medidas para convertir progresivamente todo el término municipal de Madrid en una Zona de Bajas Emisiones.
¿Qué coches no pueden circular por la M30?
Según la nueva ZBE de Madrid, a partir del 1 de enero de 2022, los vehículos de turismo sin etiqueta ambiental y que no estén inscritos en el Registro de Vehículos de Madrid ni figuren en el listado del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid tienen prohibido acceder y circular por el interior de la M30. Es decir, no pueden entrar en el centro de la ciudad, pero sí pueden circular, al menos de momento, por él.
Ahora, las limitaciones para este tipo de coches, sin etiqueta y no matriculados en Madrid, serán más restrictivas cada año: a partir de marzo de 2019, no podrán circular por el centro de la ciudad.
- 1 enero de 2023 tampoco podrán circular por la M30.
- 1 enero de 2024 quedará prohibida su circulación por cualquier vía pública del municipio de Madrid.
Los coches sin etiqueta y no matriculados en Madrid no podrán circular por la M30 a partir del 1 de enero de 2022.
Qué pasa con los coches sin etiqueta que sí están domiciliados en Madrid?
Los vehículos eléctricos, los híbridos enchufables y los gasolina Euro 6. Estos coches podrán seguir circulando por Madrid durante más tiempo, aunque respetando las condiciones específicas de las Zonas de Bajas Emisiones de Protección Especial, situadas en el Distrito Centro y la Plaza de la Elíptica, que detallamos a continuación. Sin embargo, esta prórroga finalizará el 1 de enero de 2025, día a partir del cual ningún vehículo sin etiqueta ambiental podrá circular por Madrid, con tres excepciones: vehículos eléctricos, híbridos enchufables y gasolina Euro 6.
turismos matriculados antes del 31 de diciembre de 1994, vehículos oficiales y aquellos turismos que cuenten con una etiqueta medioambiental C. Estos vehículos turísticos podrán seguir circulando por Madrid durante más tiempo, aunque respetando las condiciones específicas de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, situadas en el Distrito Centro y Plaza Elíptica, que detallamos a continuación. No obstante, esta prórroga finalizará el 1 de enero de 2025, fecha a partir de la cual ningún vehículo sin etiqueta ambiental podrá circular por Madrid, con tres excepciones: los vehículos matriculados antes del 31 de diciembre de 1994, los vehículos oficiales y aquellos vehículos turísticos que dispongan de etiqueta ambiental C.
¿Pueden circular las motos sin etiqueta dentro de la M30?
En el caso de las motocicletas, ciclomotores y otros vehículos como camiones o furgonetas sin etiqueta ambiental, podrán acceder a la almendra central de Madrid hasta 2025, aunque también están sujetos a las restricciones particulares del Distrito Centro y la Plaza Elíptica.
A partir de 2025, ningún vehículo sin etiqueta ambiental podrá circular por Madrid, salvo los históricos, los de emergencia y los de personas con movilidad reducida.
¿Cuáles son los vehículos sin etiqueta medioambiental?
Nos referimos a los vehículos sin etiqueta cuando hablamos de los que tienen la clasificación ambiental A según los criterios de la DGT, y para los que no existe dicho distintivo ambiental. Se trata de coches con motor diésel matriculados antes de 2006 o de gasolina antes de 2000, así como de motocicletas y ciclomotores anteriores a 2003.
En este artículo puedes encontrar toda la información relacionada con los diferentes distintivos ambientales según la clasificación introducida por la Dirección General de Tráfico en 2016. Y recuerda que si aún no sabes qué distintivo ambiental tiene tu vehículo, en Tramicar puedes consultarlo gratuitamente.
Restricciones para entrar a Madrid en coche
Además de las restricciones que afectarán progresivamente a todos los coches sin etiqueta ambiental de aquí a 2025, existen otras Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) dentro del área central de Madrid, como Distrito Centro y Plaza Elíptica, que tienen limitaciones adicionales de circulación para luchar contra la contaminación.
ZBEDEP Distrito Centro
Esta zona sólo es accesible y gratuita para los coches con emisiones CERO o ECO. No obstante, hay algunas excepciones:
- os residentes empadronados en el perímetro de Madrid Central, así como los comerciantes de la zona, pueden acceder con cualquier vehículo sin peligro a ser sancionados.
- Los turismos con etiquetas B y C pueden circular por aquí siempre y cuando se dirijan a aparcar a un párking.
Las motos con distintivos CERO o ECO pueden circular por la zona sin ninguna restricción. Las que tienen distintivos B y C sólo pueden hacerlo entre las 7:00 y las 22:00 horas, y de 22:00 a 7:00 horas si se dirigen a un aparcamiento o garaje de la zona.
ZBEDEP Plaza Elíptica
No está permitido que los vehículos clasificados como clase ambiental A (y, por tanto, sin etiqueta ambiental) circulen dentro de su perímetro, incluido el tramo de la autopista A-42 incluido en él.
Existen excepciones, en su mayoría hasta el 31 de diciembre de 2024, de tal forma que sí que podrán seguir entrando y circulando por esa zona los vehículos sin etiqueta siempre y cuando sean de:
- Residentes de los barrios de esa zona.
- Empresas y autónomos registrados en la zona.
- Personas con movilidad reducida.
- Servicios públicos.
- Transporte de estudiantes a centros educativos y otros colectivos.